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BENEFICIARY AND OWNERSHIP REPORT FINcen 2024: TODO LO QUE DEBES SABER

Cómo llenar el BOI REPORT 2024, quién tiene que llenarlo, dónde y porqué....

Reporte Beneficiarios Finales FinCEN ¿Qué es?

Desde 2024, todas las LLC y C Corp de USA deben enviar el Reporte BOI de la FinCEN. Aquí te contamos qué es, qué datos pide, plazos y más.

Top 3 Ideas Clave

1° Nueva Obligación en USA

Desde 2024, todas las LLC deberán cumplir una nueva obligación en Estados Unidos.

2° Reporte BOI FinCEN

Deberán informar a la FinCEN los datos de la LLC y sus beneficiarios finales.

3° Plazo

Empresas creadas en 2023 o antes tendrán plazo hasta el 1 de enero de 2025. Las creadas desde 2024, solo 30 días.

Si tienes o tendrás una Limited Liability Company (LLC) o Corporación C (C Corp) en Estados Unidos, debes saber que a partir de 2024 será necesario entregar un Reporte de Información sobre Beneficiarios Finales (Beneficial Ownership Information Reporting, BOI) a la Red de Control de Delitos Financieros del país (FinCEN, Financial Crimes Enforcement Network).

El principal objetivo de esta medida es conocer quiénes son los dueños y controladores de las empresas del país, con tal de evitar actividades de enriquecimiento ilícito como lavado de dinero, fraude fiscal, tráfico de personas y drogas, etc.

A efectos prácticos, es una obligación más que deberás cumplir en Estados Unidos y en este artículo te explicaremos todo lo que necesitas saber al respecto para que no la pases por alto y evites multas que van desde 500 dólares diarios por incumplimiento.

 

Origen y Objetivo del Reporte BOI

El Reporte de Información sobre Beneficiarios Finales surge a partir de la Ley de Transparencia Corporativa (Corporate Transparency Act, CTA), promulgada el 1 de enero de 2021 por el congreso estadounidense, con el propósito de conocer qué personas están detrás de una empresa.

Como tal vez sepas, Estados Unidos es un país que se divide en 50 estados más un distrito federal, donde cada jurisdicción establece su propio marco regulatorio para la constitución y operación de una compañía.

Eso implica, entre otras cosas, que cada estado es libre de determinar qué información requieren sobre las empresas, entre la cual se encuentra saber quiénes son sus dueños.

Muchos no piden esta información, motivo por el cual existen corporaciones y LLC anónimas donde, además de que los datos de los dueños no sean públicos, ni los mismos estados están al tanto de ellos.

 

Esto genera un problema, por supuesto, y es que el anonimato, si bien no es algo malo a priori y puede estar del todo justificado querer una compañía que lo tenga, sí que puede propiciar el uso de empresas ficticias que sirvan como fachada de una actividad ilegal.

Por eso, conocer quién está detrás ayudará a la FinCEN a identificar posibles infractores y penalizarlos si realizan actividades ilícitas, tales como:

  • Lavado de dinero
  • Fraude fiscal
  • Corrupción
  • Tráfico de personas y/o drogas
  • Ocultar dinero
  • Evadir impuestos
  • Etc.

¿Qué es Beneficiario Final?

Según la Ley de Transparencia Corporativa, un Beneficiario Final es alguien que posee o controla directa o indirectamente una empresa.

Para ser considerado como tal, se debe cumplir al menos una de las siguientes dos condiciones:

a) Ser dueño de al menos el 25% de la empresa

Es decir, todo aquel que tenga al menos un 25% de la propiedad de la empresa es un Beneficiario Final.

En el caso de las LLC, la propiedad se representa a través de unidades de membresía, mientras que en las Corporaciones C mediante acciones.

Este es el escenario más claro, ya que solamente se basa en qué proporción de la empresa posee un miembro de una LLC o un accionista de una C Corp.

Porcentaje de Participación ¿Es Beneficiario Final?

  • Más de 25% Sí
  • 25% Sí
  • Menos de 25% No

Cabe destacar que para ser considerado un Beneficiario Final es indiferente si la participación en la empresa es directa o indirecta.

Esto significa que no es relevante si es la persona quien figura directamente como dueño de la compañía (lo más usual) o bien lo es una empresa (o conjunto de ellas) de la cual sea dueño, existiendo una estructura matricial que haga que tenga participación indirecta.

b) Ejercer control sustancial sobre la compañía

Pese a tener menos del 25% de la empresa, o incluso sin ser dueño ni tener un cargo formal, es posible ser Beneficiario Final si se tiene control sustancial, lo cual se da al cumplirse al menos una de las siguientes condiciones:

Criterio ¿Es Beneficiario Final?

Ser directivo de la empresa Sí

Tener autoridad para contratar o destituir a determinadas personas en la compañía Sí

Dirigir, determinar o influir sustancialmente en decisiones de la empresa Sí

En palabras simples, y para que te quede del todo claro, un Beneficiario Final también es cualquier persona, propietaria o no, que tenga la capacidad de tomar decisiones en nombre de la empresa o influir en ellas para que otros lo hagan.

En base a esto, un ejemplo de lo que quiere lograr la FinCEN con el Reporte BOI es conocer la identidad de personas anónimas que designan a terceros como dueños de empresas, como testaferros, que en realidad no son quienes toman las decisiones de las compañías.

¿Quiénes no son Beneficiarios Finales?

A raíz de distintos casos que pueden darse, la FinCEN ha definido cinco excepciones en las cuales ciertas personas que mantienen un interés en una compañía no se consideran Beneficiarios Finales:

Niños menores de edad

Si un menor de edad cumpliera con las condiciones para ser Beneficiario Final, no es necesario informar sus datos a la FinCEN en tanto se proporcionen los de uno de sus padres o tutor legal.

Esto, entendiéndose «menor de edad» bajo la definición que proporcione el estado en que la empresa haya sido constituida.

Nominatarios, intermediarios, custodios y agentes

Quienes actúan en nombre de alguien de la compañía como nominatarios, intermediarios, custodios y/o agentes, no se consideran Beneficiarios Finales.

Si te preguntas si brindar servicios de asesoramiento encajaría en la definición de Beneficiario Final, la respuesta sería no en tanto no se otorgue el poder de dirigir o determinar, o de tener una influencia sustancial sobre, decisiones importantes de la empresa.

Empleados

Quienes trabajen para la empresa, en cargos no directivos, y cuyo control o beneficios económicos se deriven únicamente de su situación como empleado, no son considerados Beneficiarios Finales.

Esto es así siempre y cuando las funciones asociadas al trabajo no impliquen intrínsecamente un control sustancial y vayan más allá de la mera condición de empleado (como es el caso de los directivos).

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Herederos

Que alguien tenga derechos de herencia futuros sobre la empresa, por sí solo no implica que sea un Beneficiario Final.

Una vez que se ejerzan tales derechos, para ser Beneficiario Final tendrían que cumplirse las condiciones mencionadas más arriba.

Acreedores

El solo hecho de que una empresa tenga una deuda con alguien no hace a esta persona un Beneficiario Final en tanto la deuda no le proporcione control sustancial o propiedad en la compañía (al menos 25%).

 

Plazo para reportar

La fecha límite para enviar el Reporte BOI de la FinCEN dependerá de cuándo se haya creado tu empresa.

En particular, si fue en 2024, que es cuando empieza a regir esta obligación, o antes.

Así, los plazos en cada caso son:

Fecha de Creación de la Empresa Plazo Reporte BOI

2023 o antes 1 de enero de 2025

Desde el 1 de enero de 2024 30 días desde que el estado notifica el registro de la compañía

En cualquier escenario de los mencionados, se podrá enviar la información a la FinCEN a partir del 1 de enero de 2024, pues desde entonces estarán habilitados sus sistemas para recibirla.

Multas por incumplimiento

Según lo establecido en la Ley de Transparencia Corporativa, los siguientes casos son motivo de incumplimiento:

  • No enviar el Reporte BOI
  • Enviar el Reporte BOI atrasado
  • Entregar información falsa, errónea o incompleta

Al respecto, existen dos tipos de sanciones, las cuales pueden agravarse en función del tipo de incumplimiento y tamaño de la compañía:

Tipo de Sanción Sanción/Multa

  • Sanción Civil 500 USD por cada día en que se mantenga la infracción sin remediarse, acumulable hasta 10.000 USD
  • Sanción Penal Hasta 250.000 USD y tres años de prisión

Información requerida

Al dar cumplimiento al Reporte de Información sobre Beneficiarios Finales que la FinCEN pide a todas las LLC y C Corp de Estados Unidos, lo primero que será necesario informar es el tipo de reporte a entregar:

Reporte inicial

  • Corrección de un reporte anteriormente entregado
  • Actualización de un reporte anteriormente entregado

Por supuesto, la primera vez que se dé cumplimiento a esta obligación, el tipo de reporte a entregar será el primero de la lista.

Si cometes un error o necesitas actualizar información en el futuro, podrás notificar a la FinCEN de ello.

Dicho esto, veamos qué información específica pide la FinCEN, tanto de los solicitantes como de la propia empresa y sus Beneficiarios Finales.

a) Solicitantes

Los solicitantes de una empresa son las personas directamente involucradas en su constitución.

Es decir, quienes llevan a cabo el proceso de registro, ya sea quien hace el trámite directamente con el estado o también quien dirige y controla el procedimiento, o quien prepara la documentación necesaria.

Si has registrado o registrarás tu empresa con American Prana, será una persona de nuestro equipo

En cambio, si has creado o crearás tu empresa por tu propia cuenta, tú serías solicitante.

La FinCEN solo pedirá información de los solicitantes para las empresas creadas a partir del 1 de enero de 2024, no para las que se hayan registrado antes de esa fecha.

Al respecto, los datos de cada solicitante que serán necesarios entregar son los mismos que los de Beneficiarios Finales, los cuales detallamos más adelante.

Eso sí, con la única diferencia de que, si se trata de una empresa, como es el caso de AMERICAN PRANA, para cada solicitante se deberá indicar la dirección del negocio en vez del domicilio de residencia.

b) Empresa

Respecto a la empresa como tal, la FinCEN pedirá la siguiente información:

Requisito Descripción

  • Nombre legal Es el nombre con que la empresa está registrada en el estado en que se constituyó.
  • Nombre comercial (Doing Business As, DBA) Es el nombre que una compañía usa para operar con un nombre diferente al legal. Es opcional tener uno y si no se tiene no hay problema, la FinCEN no lo exigirá, pues la mayoría de negocios no tiene un DBA.
  • Estado Es la jurisdicción de Estados Unidos en que la empresa se constituyó y se encuentra registrada.
  • Dirección en USA Es la dirección de la empresa en Estados Unidos (la FinCEN exigirá tener una pese a que no todos los estados lo hagan ni tampoco el IRS la requiera).
  • Identificación fiscal (Employer Identification Number, EIN) Es el número de 9 dígitos que entrega el Servicio de Impuestos Internos de Estados Unidos (Internal Revenue Service, IRS) para dar cumplimiento a las obligaciones fiscales en el país, cuyo formato es XX-XXXXXXX.

c) Beneficiarios Finales

Por último, la FinCEN también pedirá los siguientes antecedentes acerca de cada Beneficiario Final que tenga la compañía:

  • Nombre completo Todos los nombres y apellidos de la persona, sin omitir ninguno.
  • Fecha de nacimiento La fecha exacta en que nació la persona (mes, día, año).
  • Dirección de residencia La dirección exacta donde vive la persona:• Calle• Número de casa o departamento• Ciudad• Región/Provincia/Estado• Código postal• País
  • Documento de identificación personal Fotografía o escaneo del documento, a color, el cual debe ser completamente legible y contener todos los bordes.Debe estar vigente al momento de enviar el reporte.En el caso de quienes no tienen una identificación estadounidense, como ocurre con la mayoría de extranjeros no residentes, el único documento aceptable es pasaporte.
  • Número de identificación personal Es el número identificativo que muestre el documento cuya imagen se enviará a la FinCEN.

¿Qué pasa si esta información cambia a futuro?

Tras enviar por primera vez el Reporte BOI a la FinCEN, es importante mantener a este organismo actualizado en todo momento acerca de los datos de tu compañía y sus Beneficiarios Finales.

Si hay algún cambio en la información, será necesario enviar una actualización del reporte en un plazo de 30 días.

De este modo, si cambian los dueños, la dirección de la empresa o de los propietarios, por mencionar los cambios más usuales de una empresa, será necesario notificar a la FinCEN.

 

¿Quién tiene acceso al Reporte BOI?

La información que recopile la FinCEN acerca de las empresas y sus solicitantes y Beneficiarios Finales no será pública.

Solo los siguientes organismos podrán acceder a ella, pero no cuando quieran, sino que únicamente bajo ciertas condiciones que la Ley de Transparencia Corporativa establece para cada uno:

  • Agencias federales de USA involucradas en actividades de seguridad nacional, inteligencia y cumplimiento de la ley.
  • Agencias estatales, locales y tribales de USA a cargo del cumplimiento de la ley.
  • Servicio de Impuestos Internos de USA (Internal Revenue Service, IRS).
  • Instituciones financieras de USA.
  • Reguladores federales y estatales de USA que evalúan el correcto cumplimiento de procesos de due dilligence por parte de instituciones financieras.
  • Organismos extranjeros.

Cabe destacar que entre las condiciones que deben darse para que la FinCEN otorgue acceso se encuentran una serie de garantías que el solicitante debe dar para resguardar la información, adecuándose al estándar de seguridad que siguen las instituciones gubernamentales de USA, establecido en la Ley Federal de Modernización de la Seguridad de la Información (Federal Information Security Modernization Act, FISMA).

Temas que queda por ver cómo se implementarán en la práctica

Si bien la ley para que entre en vigor el Reporte de Información sobre Beneficiarios Finales ya está publicada y el período para enviar observaciones ha finalizado, hay algunos asuntos que queda por ver cómo se llevarán a cabo en la práctica una vez que se pueda enviar el Reporte BOI a partir del 1 de enero de 2024.

A continuación, nos referimos a los dos temas más importantes para extranjeros no residentes, al menos a nuestro parecer.

Dirección en USA

En la regla final de los requisitos del Reporte BOI, publicada el 30 de septiembre de 2022, la FinCEN ha señalado que pedirá a todas las compañías una dirección en Estados Unidos que dé cuenta del establecimiento principal donde lleven a cabo sus operaciones.

A ello se le denomina, en inglés, «principal place of business» y es diferente a «business street address», que es un concepto más general dado que una empresa podría tener más de un domicilio.

Al respecto, extranjeros no residentes cuyos negocios son digitales 100% online, inherentemente no desarrollan actividades en Estados Unidos, por lo que su establecimiento principal no está en el país, lo cual generaría un problema de cara a cumplir con el Reporte BOI.

 

La FinCEN consideró este escenario, pero de todas formas señaló lo siguiente en la regla final:

For a reporting company with a principal place of business outside of the United States, the final rule specifies that the reporting company should provide the street address of the primary location in the United States where the reporting company conducts business.

Esto quiere decir que, de todas maneras, la FinCEN pedirá a todas las empresas tener una dirección en USA.

Esto no sería un problema si no se enunciara lo siguiente en la reglamentación final:

As noted in the proposed rule, the requirement to report the street address of a business is not satisfied by reporting a P.O. box or the address of a company formation agent or other third party. FinCEN believes that reporting such third-party addresses would create opportunities for illicit actors to create ambiguities or confusion regarding the location and activities of a reporting company and thereby undermine the objectives of the beneficial ownership reporting regime.

Lo citado indica que usar la dirección del agente residente o una contratada a un tercero, como una oficina virtual o dirección de correo, no sería válido para el Reporte BOI.

Esto sin duda ocasiona un gran problema, ya que muchos negocios operan con domicilios de este tipo en vista de que no requieren presencia física en el país.

Lo que va en línea, también, con no querer generar un ingreso efectivamente conectado con USA para no tener que pagar impuestos al IRS, en el caso de las Limited Liability Company.

 

Quedará por ver cómo la FinCEN abordará en la práctica este tipo de situaciones para que empresas que no operan presencialmente en USA puedan reportar correctamente.

Es posible que en los próximos meses haya comentarios al respecto, dado lo que la regla final señala aquí (aunque al menos a la fecha no está contemplada una alternativa según se ve en las publicaciones más recientes de la FinCEN):

The comments, however, indicate that there are likely to be a variety of situations in which there may be questions about the principal place of business of a reporting company, and FinCEN will consider future guidance or FAQs to address such questions.

 

Otro eventual problema que puede surgir para dar cumplimiento al Reporte BOI de la FinCEN es el acotado plazo de entrega que dará a las empresas que se registren a partir de 2024, correspondiente a 30 días.

Esto no sería un problema si el IRS asignara el EIN a las empresas dentro de ese tiempo, pero esto no siempre es así.

Como hablamos en el artículo ¿Cuánto tarda el IRS en enviar el EIN en 2023?, si no se cuenta con una identificación fiscal individual de Estados Unidos, como lo son el SSN e ITIN, el EIN no se puede obtener de inmediato.

 

Es necesario enviar un fax al IRS, que lo tramita manualmente, y, al menos en 2023, este organismo está tardando bastante en asignarlo, sobrepasando en varios casos, al menos en nuestra experiencia, los 30 días.

Si esta situación se mantiene, se originaría un problema, ya que podría haber retrasos.

Esto a causa de que hay tres organismos involucrados cuyos procesos y plazos no cuadran:

  • Estado
  • IRS
  • FinCEN

Primero se registra la empresa, tras lo cual se pide el EIN, para luego informar a la FinCEN.

Es en el segundo paso cuando hay un potencial cuello de botella.

 

A nivel interno es posible manejarse con algunas soluciones, tales como trabajar con una fecha efectiva futura para el registro de empresas o bien no comenzar el proceso de creación de una compañía hasta que el cliente no haya firmado el Formulario SS-4, con tal de poder enviarlo apenas el estado confirme el registro.

Lo ideal, al menos bajo nuestra percepción, sería que la FinCEN propusiera una alternativa como, por ejemplo, la posibilidad de completar este dato más adelante y usar un identificador temporal.

Habrá que ver cómo se dará esto en la práctica, así como también si el IRS ha mejorado los tiempos a partir de 2024, aunque de momento no está demás tener presente este eventual inconveniente.

ACTUALIZACIÓN: La FinCEN ha extendido el plazo a 90 días durante 2024, por lo que lo dicho dejaría de ser un problema (aunque en 2025, según los tiempos que maneje el IRS en ese entonces, podría convertirse en uno otra vez).

¿AMERICAN PRANA podrá ayudarme?

Nuestra intención es que así sea, por supuesto.

Eso sí, será necesario ver cómo aborda la FinCEN en la práctica la entrega de este reporte para poder concretar cómo llevar a cabo nuestro servicio.

De momento, el reporte aún no se puede enviar, ni siquiera se puede acceder al sistema, por lo que sería irresponsable asegurar que podemos hacer algo de lo que todavía no tenemos conocimiento.

Claro, la FinCEN ya ha publicado qué pedirá y en base a ello lo más probable es que sí podamos ayudarte a partir de enero de 2024.

Aunque, como ya te mencionamos, hay algunos temas puntuales que será necesario analizar para poder cumplir correctamente con el reporte, como la dirección en USA que se exigirá a las empresas o los plazos que maneje en ese entonces el IRS para asignar el EIN.

Estaremos al pendiente durante lo que reste de año e inicios del próximo para poder ayudarte con esta nueva obligación que LLC y C Corp deberán cumplir.

Desde ya, gracias por tu interés.

Informa los Beneficiarios Finales de tu LLC antes de 2025

Cumple la nueva obligación de la FinCEN, que toda LLC tiene a partir de 2024, enviando el reporte BOI a tiempo.

 

Preguntas Frecuentes

¿Qué es el Reporte BOI FinCEN?

El Reporte de Información sobre Beneficiarios Finales (Beneficial Ownership Information Reporting, BOI) es una nueva obligación que deberán cumplir todas las LLC y C Corp de Estados Unidos a partir del 1 de enero de 2024, informando quiénes son sus Beneficiarios Finales.

¿Quiénes deben enviar el Reporte BOI de FinCEN?

Todas las LLC y C Corp de Estados Unidos deberán enviar el Beneficial Ownership Information Reporting a partir del 1 de enero de 2024.

¿Qué información pide la FinCEN a las LLC y C Corp?

La FinCEN pedirá información de la propia empresa, sus Beneficiarios Finales y también sobre sus solicitantes.

¿Quién es un Beneficiario Final?

El Beneficiario Final de una empresa es toda persona que tenga una participación de al menos 25% o que ejerza control sustancial sobre la compañía.

¿Cuál es el plazo para enviar el Reporte BOI a la FinCEN?

Las empresas registradas antes de 2024 deberán enviar el Reporte BOI a la FinCEN a más tardar el 1 de enero de 2025, mientras que las compañías creadas a partir de 2024 tienen 30 días desde que el estado notifique el registro.

¿Cuáles son las multas por incumplir el Reporte BOI de FinCEN?

La sanción civil es de 500 dólares por cada día que se mantenga la infracción sin remediarse (acumulable hasta un máximo de 10.000 dólares), mientras que la sanción penal puede llegar hasta 250.000 dólares y tres años de prisión.

¿Quién puede ver el Reporte BOI de la FinCEN?

El Reporte BOI no es público, solo está disponible para algunos tipos de organismos de Estados Unidos y extranjeros, aunque únicamente pueden acceder bajo ciertas circunstancias.

Referencias

https://www.fincen.gov/boi

https://www.fincen.gov/boi/small-business-resources

https://www.fincen.gov/boi/Reference-materials

https://www.fincen.gov/boi/newsroom

https://www.fincen.gov/sites/default/files/shared/BOI_Small_Compliance_Guide-en_us-spanish_September_508C.pdf


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