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FISCALIDAD DE LAS LLC EN MÉXICO, TODO LO QUE DEBES SABER

¿ERES MEXICANO Y TIENES UNA LLC EN ESTADOS UNIDOS?...

¿ERES MEXICANO Y TIENES UNA LLC EN ESTADOS UNIDOS?

 

Una estructura comúnmente utilizada por los mexicanos para establecer un negocio en Estados Unidos o buscar una visa de inversionista que les permita residir legalmente en ese país, es la Limited Liability Corporation (LLC). Esta entidad proporciona protección a sus socios o accionistas al ser una corporación de responsabilidad limitada.
 

Algunos puntos importantes a considerar sobre este tipo de entidades en Estados Unidos son:
 

  • Es una entidad legal flexible que permite a los propietarios limitar su responsabilidad personal por las deudas y obligaciones de la empresa.
     
  • Las LLC tienen mayor flexibilidad, en términos de gobierno corporativo, en comparación con otras estructuras empresariales en Estados Unidos. Pueden ser administradas directamente por los socios o designar gerentes para la gestión diaria. Los detalles sobre la toma de decisiones y la estructura de gobierno se establecen en un acuerdo de operaciones (operating agreement) de la LLC.
     
  • Las LLC en Estados Unidos son entidades “transparentes” a efectos fiscales, lo que significa que las ganancias y pérdidas de la LLC se informan en las declaraciones de impuestos personales de los socios. La LLC en sí misma no paga impuestos a nivel federal, aunque puede tener obligaciones fiscales estatales y locales. Cabe indicar que la LLC también puede optar por aplicar el tratamiento de una Corporación, dejando por tal motivo de ser transparente.
     

Es importante destacar que la LLC no es la única estructura corporativa transparente para efectos fiscales. También podría considerarse una Small Corporation (S Corp), que solo puede ser constituida por ciudadanos o residentes legales de Estados Unidos, pero podría tener un efecto similar al de la LLC.
 

  • No hay restricciones en cuanto a la nacionalidad de los socios para formar una LLC en Estados Unidos. Sin embargo, existe la obligación de retener y enterar el 37% de las ganancias correspondientes a cada socio extranjero, como se mencionó anteriormente. En este caso, la LLC debe pagar este impuesto a la federación como anticipo del impuesto anual del socio o socios extranjeros correspondientes.
     

Antes de 2020, los socios mexicanos de este tipo de entidades estaban obligados a declarar los impuestos correspondientes a las ganancias generadas en la LLC en Estados Unidos. Sin embargo, en México, solo estaban obligados a declarar esas ganancias una vez que la entidad realizaba el pago como una distribución de utilidades (dividendos).


En estos casos, mientras la entidad (LLC) de Estados Unidos no distribuyera utilidades a sus socios, no había un efecto fiscal que implicara declarar y pagar impuestos por esas ganancias en México. Esto brindaba la oportunidad de reinvertir las ganancias en el negocio de la entidad en Estados Unidos.
 

Sin embargo, a partir de 2020, se implementó una reforma fiscal en México que agregó el artículo 4-B a la Ley de ISR, el cual estipula, en términos generales, que cualquier ganancia generada por entidades transparentes en el extranjero (como una LLC en Estados Unidos) debe ser informada y declarada por el residente fiscal mexicano y pagar el ISR correspondiente en México.
 

A partir de 2020, en México existen varios puntos importantes que deben considerarse en términos fiscales. Estos puntos son relevantes para los socios mexicanos de una figura jurídica como una LLC y se detallan a continuación:
 

  1. Los ingresos a declarar por el socio mexicano deben corresponder a la utilidad fiscal del año calendario de la LLC. Esta utilidad se calcula según los términos establecidos en el Título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para Personas Morales en el Régimen General. Los ingresos deben acumularse al 31 de diciembre del año en el que se generaron, aplicando las reglas mexicanas de acumulación de ingresos y deducciones. Es importante identificar cualquier partida que pueda tener un tratamiento fiscal diferente entre México y Estados Unidos.
     
  2. Los impuestos pagados por o a través de entidades extranjeras transparentes, como una LLC, se considerarán pagados directamente por el contribuyente mexicano en proporción al ingreso acumulado de dicha entidad.
     
  3. Si los ingresos de la LLC extranjera están sujetos a ISR en el extranjero y se han pagado efectivamente, el contribuyente mexicano podrá acreditar dicho ISR de acuerdo con las reglas establecidas en la Ley del ISR en México.
     
  4. Se debe llevar un registro de las utilidades declaradas por cada entidad extranjera transparente (LLC) para evitar la duplicación de la acumulación de ingresos cuando la entidad distribuya dividendos o utilidades.
     
  5. La contabilidad de la LLC extranjera, así como la documentación que respalde sus gastos e inversiones, deben estar disponibles para las autoridades fiscales en México.
     
  6. Debe presentarse una declaración informativa en el mes de febrero de cada año, relacionada con los ingresos percibidos por la entidad transparente en el extranjero (LLC), de acuerdo con lo establecido en el artículo 178 de la Ley del ISR.
     

En resumen, en el caso específico de los mexicanos que son socios de una LLC en Estados Unidos, las utilidades generadas en la LLC deben recalcularse siguiendo las reglas fiscales mexicanas aplicables a los ingresos y deducciones. Estas utilidades deben acumularse junto con los ingresos proporcionales correspondientes al socio mexicano.
 

A continuación, se mencionan algunas diferencias comunes en el tratamiento de ingresos y deducciones que deben tenerse en cuenta:

 

  • Momento de acumulación de los ingresos: En Estados Unidos, una LLC puede optar por acumular sus ingresos según el flujo de efectivo, es decir, cuando se cobran los ingresos. Sin embargo, en México, se deben considerar los ingresos devengados de acuerdo con lo establecido en el Título II de la Ley del ISR.

 

  • Deducción de inversiones: Existen diferentes porcentajes de deducción para las inversiones en Estados Unidos y México, por lo que se debe recalcular la depreciación fiscal teniendo en cuenta las bases mexicanas. Además, en Estados Unidos, algunos activos fijos pueden deducirse en un 100% como deducción inmediata de inversiones, lo que requeriría ajustarlos al porcentaje de deducción permitido en México.
     

Además, en Estados Unidos existen activos fijos que pueden beneficiarse de una deducción del 100% como parte de la deducción inmediata de inversiones, lo cual requeriría recalcularla considerando el porcentaje de deducción permitido en México.
 

  • Consumo en restaurantes: En Estados Unidos, se puede deducir el 50% de los gastos de consumo en restaurantes relacionados con el negocio, mientras que en México no es deducible en un 91.5%.
  • Renta de automóviles: En México, existe un tope de deducción diaria de $200 pesos para la renta de automóviles.
  • Estas son solo algunas de las diferencias relevantes, entre otras que pueden surgir.
     

En conclusión, es importante tener en cuenta las obligaciones fiscales que pueden afectar a los mexicanos que son socios de una LLC en Estados Unidos a partir de 2020. Esto es necesario para cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes en cada país.
 

Es importante tener en cuenta que cualquier impuesto pagado en el extranjero, como en Estados Unidos, debido a este tipo de estructuras, puede ser acreditado en México de acuerdo con las reglas correspondientes.

Sin embargo, es probable que la tasa efectiva de ISR pagada en Estados Unidos sea menor que la tasa efectiva de ISR en México debido a las diferencias en las tablas de impuestos y tipos de cambio. Por lo tanto, es posible que exista un impuesto a pagar en la declaración anual correspondiente.
 

Otra consideración a tener en cuenta es cambiar la estructura empresarial o el tratamiento fiscal de la LLC a una corporación con fines fiscales. Esto evitaría la transparencia fiscal y permitiría reinvertir las utilidades sin tener que pagar impuestos por adelantado en las distribuciones de dividendos.

Sin embargo, este cambio de estructura puede tener otras implicaciones fiscales importantes que deben analizarse, como el pago de ISR corporativo, ISR sobre dividendos en Estados Unidos y en México, entre otros aspectos.

 


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